domingo, 21 de septiembre de 2008

INDIANIDAD, LEY Y COSTUMBRES.

1. QUE HABLE EL INDIO
“Es bien sabido que los pueblos indígenas no hemos tenido ni voz ni voto durante siglos. Todo el mundo sabe que somos los pueblos dominados; que no somos los pueblos dominantes. Todo el mundo sabe que nuestras ideas no son las dominantes. Frente a estas verdades tan simples, tenemos que luchar por promover nuestras ideas y perspectivas frente a esta dominación tan abrumadora.

Vivimos en sociedades prestadas; más prestadas de mala gana, si no de hecho, impuestas. Las sociedades dominantes hacen sentir a nuestros pueblos como arrimados. Los estados-nación nos impusieron una dependencia forzada después de habernos quitado nuestras tierras.
Todavía nos miran feamente como si quisiéramos estar ocupando esos espacios reservados en sus sociedades.

Nuestra experiencia social se redujo a la supervivencia cotidiana de nuestros pueblos: la dominación nos ocupó en tratar meramente de sobrevivir. Mejor que cualquiera, sabemos que resulta imposible pensar en términos de integración o segregación. La integración es una imposibilidad debido a que los pueblos nacionales dominantes no permiten dicha integración al no aceptar los inmigrantes plenamente. La segregación resulta ser una imposibilidad debido a que no se pueden apartar de la sociedad dominante; de algún modo se tienen que relacionar con ella aunque no se quiera. Los conceptos de integración y segregación son extremos opuestos, ideales que carecen de una práctica efectiva como toda historia de racismo y discriminación, que innumerables países han enseñado.

La historia no sólo nos ha intentado ignorar, sino borrar de la existencia a través de políticas de etnocidio y genocidio.

Luchamos por lograr el reconocimiento de nuestra autodeterminación ancestral. Somos pueblos originarios de las tierras que habitamos. Se nos ha quitado nuestra relación integral con nuestras tierras y se nos ha hecho dependiente a través de la imposición. Buscamos soluciones a través de las relaciones con las sociedades y los estados-naciones en donde vivimos, pero siempre en búsqueda de lograr establecer las condiciones que nos permitan practicar nuestra cultura y fortalecer nuestra identidad de indígenas. Para ello tenemos que comprender primeramente que el mero concepto de estado-nación ha cambiado. Los estados-nación no están seguros de su propio concepto de desarrollo. No podemos pensar simplemente en integrarnos a sus esquemas de desarrollo, cuando ni ellos saben a ciencia cierta que significa el tipo de sociedad que han establecido. Los pueblos indígenas luchan por restablecer su derecho a la autodeterminación”

2. ENTRE LA LEY LA COSTUMBRE
“Los pueblos indígenas de América Latina viven una compleja realidad jurídica. Después de quinientos años de subordinación y resistencia..
Son naciones culturalmente diversas, que se diferencian del resto de la sociedad y que buscan mínimos resquicios que permitan la defensa de los derechos colectivos a la tierra, al régimen comunal, trabajo en condiciones dignas, al derecho a ejercer lo propio: la lengua y la educación indígena.
La resistencia indígena contiene tres ideas que le dan vida y vigencia:
Primero, la convicción de que el mundo desarrollado de hoy, la civilización hará invivible la vida en el planeta.
Segundo, que es necesario mantener la esperanza de que sea posible revertir el proceso.
Tercero, que es posible porque existe la comunidad como una fuerza.

Los nuevos espacios jurídicos de la diversidad étnica, son el logro de una labor casi en la sombra; del artesano, en contravía de una corriente del pensamiento humanista que surgió frente a los abusos del descubrimiento y conquista de América. Los alegatos en defensa de los indios de Bartolomé de las Casas, sentaron las bases de lo que será una búsqueda incesante de justicia en este mundo y de un nuevo modelo de sociedad plural y tolerante que convive y construye en paz su futuro. Los partidarios del derecho indígena, como derecho a la diversidad cultural se mantienen en primera línea. Esto explica el avance relativo del llamado derecho indígena en los últimos años y la elevación a la categoría de normas constitucionales de muchos de sus preceptos.

La relación entre los Estados Nacionales y los pueblos indígenas es un tema no resuelto todavía. Interesa al ciudadano común porque es necesario mirar nuevos horizontes; porque no puede desarrollarse una sociedad y existir una sana democracia, mientras no se reconozca el derecho que tienen sociedades diferentes, que comparten el mismo espacio político del Estado Nacional. A existir como tales, a gozar y tener seguridad sobre sus territorios tradicionales, a disfrutar de la vida de acuerdo a sus propios valores y criterios de felicidad, a recrear sus propias instituciones culturales, a educarse en su lengua materna, en fin, a forjar de acuerdo a su sentir y saber, su propio futuro.
Las normas constitucionales de los países que consagran los derechos fundamentales de los pueblos indígenas, al igual que el Convenio N° 169 de la OIT, son los instrumentos internacionales que comprometen a los Estados en la búsqueda de un trato justo y equitativo en su relación con los pueblos indígenas llenando de esperanza a las comunidades amerindias”.

Venezuela no tiene un problema indígena, en Venezuela hay indígenas, como lo planteó El Consejo Nacional de Fronteras, no tenemos un problema indígena de la magnitud y complejidad con que se presenta en México, Guatemala, Honduras, Ecuador, Perú y Bolivia, países en los cuales la demografía indígena supera el 25% de su población. Venezuela tiene una población estimada en más de medio millón, equivalente al 1,5% de nuestra población, según datos del Censo Indígena de 1992.

La población indígena se acrecienta cuantitativa y cualitativamente cuando se observa que de las 28 etnias, 26 tienen su hábitat en los estados fronterizos de Zulia, Apure, Amazonas, Bolívar, Delta Amacuro, exceptuando a los Kariñas de los estados Anzoátegui, Sucre y Monagas; en esos estados fronterizos ella representa el 10% de la entidad federal, con una complejidad de problemas sociales, de supervivencia, desplazamiento, invasión de sus tierras, etnocidio, violación de los derechos humanos y abuso de autoridad entre otras, constituyéndose como las victimas más vulnerables del delito y abuso de poder.

LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Ricardo Colmenares. 2001.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Aprobada por el pueblo de Venezuela, mediante referendo constituyente, a los quince días del mes de diciembre de 1999 y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, a los veinte días del mes de diciembre de 1999. Año 189° de la Independencia y 140° de la Federación.

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